Teletrabajo y la prevención de riesgos laborales
Uno de los condicionantes que nos ha dejado la pandemia ha sido la creación de un nuevo sistema de trabajo, llamado «teletrabajo». El segundo trimestre de 2021 casi dos millones de personas teletrabajaron en España, según la Encuesta de Población Activa (EPA), por ello, las empresas deben considerar este factor en sus planes de prevención de riesgos laborales.
Tras estos datos, en verano entró en vigor la Ley 10/2021 de trabajo a distancia. Esto ha dado comienzo a un nuevo proceso que, como explica José Luis Cebrián, responsable de prevención de Umivale, “ha supuesto una regulación de los derechos de las personas trabajadoras que prestan sus servicios a distancia, y con ello todo lo concerniente a la prevención de riesgos laborales”.
Esta nueva modalidad presenta nuevos riesgos laborales como:
- Trastornos musculoesqueléticos (TME’s) derivados del propio ambiente de trabajo y las condiciones de la vivienda. Para evitarlos se deberá tener en cuenta aspectos relativos al diseño ergonómico de la zona de trabajo, como la altura y superficie idónea de la mesa, la silla, el teclado o el reposapiés, entre otros.
- Fatiga visual generada por el uso de pantallas de visualización de datos. Se puede evitar con una adecuada iluminación, evitando reflejos y deslumbramientos y con la conveniente colocación de la pantalla en altura y ángulo de visión.
- Derivados de la organización del trabajo. Habilitar una zona aislada y específica en la vivienda, planificar las tareas y establecer un calendario con los tiempos de trabajo. Evitar realizar tareas domésticas durante el tiempo de trabajo y desconectar fuera de la jornada laboral.
Así, la empresa debe informar a los trabajadores de los diferentes riesgos laborales que pueden presentarse durante el teletrabajo. además de las medidas de prevención necesarias para estas situaciones.
Para más información de la Ley 10/2021 de trabajo a distancia os dejamos el siguiente enlace:
Ley 10/2021